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Por: Juan F. Borja V.

Fotografía: Vladimir Cruz

Ley de Tierras beneficia a la gran propiedad y consolida el capitalismo en el campo

 

La deuda histórica del gobierno con el sector agrario del país, especialmente con los campesinos pobres, no se resolverá  con  la aprobación  de Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, puesto que el mencionado cuerpo legal promulgado en los últimos días por los asambleístas del gobierno, deja intocados  problemas estructurales  como la distribución inequitativa de la tierra, el agua y factores de la producción.

 

La inconformidad de los sectores campesinos aglutinados en la CONAIE, ECUARUNARI, UCAE, incluso la FENOCIN, aliada al gobierno, no se ha hecho esperar, puesto que en el proceso de socialización de la misma no se tomaron puntos de vista gravitantes como el poner un límite a la propiedad de la tierra, la toma de medidas para evitar la especulación de las mismas, garantizar la soberanía alimentaria a través de políticas que favorezcan la producción familiar campesina.

 

La Ley consolida el capitalismo en el campo y beneficia a la gran propiedad

 

La ley tal como está concebido consolida las relaciones sociales capitalistas existentes en el campo ecuatoriano, caracterizadas por una inequidad extrema, según SIPAE  el índice de GINI se ha mantenido desde el año 2007 en 0,79. El índice de GINI es una medida de la concentración de la riqueza en una sociedad, cuando este es 0, implica que existe una igualdad total , cuando se encuentra en 1, quiere decir que una sola persona es propietaria de toda la riqueza, es este caso de la tierra.

 

 

Según el III Censo Nacional Agropecuario, en el Ecuador existen 165.000 UPA , representando el 20% del total de unidades productivas,  con extensiones que no llegan a 0,5 ha, superficie que no permiten el sustento de la familia campesina, ubicándoles en el umbral de la pobreza extrema.

 

 Los datos sobre las condiciones de pobreza en las provincias de la Sierra Central, con alta concentración campesina e indígena son alarmantes, de acuerdo a una investigación de “El Universo”  realizada con cifras de INEC: Chimborazo, Cotopaxi y Bolívar son las tres provincias del país con los más altos índices de desnutrición crónica en la población menor de cinco años.

 

La misma fuente sostiene que las  UPA mayores a 500 ha constituyen una muy pequeña parte (0,16%) de las UPA, pero controlan una superficie importante a nivel nacional (16%), con tamaño promedio de 1.400 ha. Estas propiedades agrícolas son negocios muy rentables de empresas ligadas a la producción para la exportación o de materias primas para la agroindustria.

 

PRONACA  , empresa que ha alcanzado un gran crecimiento en los últimos años a través de la estrategia de la agricultura bajo contrato y que en la actualidad controla las cadenas relacionadas con la producción de pollos, cerdos, arroz, maíz, balanceados. En el 2014 realizó ventas por  $ 945,913.241 y tuvo utilidades de $ 75,220.629.

 

En la ley no se establece un límite a la propiedad de la tierra , los proponentes de la ley argumentan que en el Ecuador no hay tierra por repartir y que la salida es elevar los niveles de productividad con la aplicación de las recetas tecnológicas de la “revolución verde”, basadas en la utilización de semillas transgénicas, motorización del campo y aplicación de fertilizantes y plaguicidas; las mismas que contradictoriamente dan resultado en superficies grandes en las que prima el mocultivo. Estas tecnologías no son aplicables en las pequeñas superficies con las que cuentan los agricultores campesinos, los mismos  que realizan una agricultura con otra racionalidad como son los sistemas productivos basados en el cultivo de varias especies, los que combinan con la crianza de animales.

 

De acuerdo a los resultados del Censo, citado en párrafos anteriores; encontramos que las UPAs  de menos de 5 hectáreas representan el 63,96% del total de propiedades agrícolas existentes en el país, muchas de ellas ubicadas en terrenos marginales, con pendientes pronunciadas que imposibilitan su mecanización; alejadas de las vías principales que construyó la “revolución ciudadana”.

 

La función social  de la tierra.

 

Para que la tierra cumpla la función social se debió aprobar una ley que permita el acceso a los campesinos a la tierra, agua y otros factores y actividades productivas como: crédito, semillas, asistencia técnica, facilidades de almacenamiento, comercialización de sus productos con precios justos, seguro agrícolas. Con mayores ingresos los campesinos pueden mejorar sus condiciones de vida, acceder a los servicios de educación y salud; solo bajo esas condiciones podríamos hablar que en el sector rural existe justicia social.

 

La ley asocia el cumplimiento de la función social de las grandes propiedades, únicamente con la productividad de estas, no establece criterios relacionados con el trato justo a sus trabajadores, el cumplimento de las prestaciones sociales, la estabilidad laboral, medidas de bioseguridad en el trabajo, prohibición del trabajo infantil.

 

 

 

En relación a esta temática  Acosta, P (2010)   sostiene que: “Pese a que la floricultura es una actividad muy productiva y que genera 70.000 puestos de trabajo , el Cantón Pedro Moncayo tiene un nivel de pobreza del 77,6% y de extrema pobreza del 40%.

 

La situación laboral es precaria puesto que no todos los trabajadores están afiliados al IESS, los salarios son bajos, no se pagan horas extras, se presentan casos de trabajo infantil.

 

En cuanto a la problemática de las mujeres, estas presentan salarios menores que los hombres y han tenido que duplicar su esfuerzo puesto que luego de la jornada laboral tienen que realizar las actividades domésticas, también existe un irrespeto a la lactancia y maternidad.”

 

La función ambiental de la tierra

 

Los criterios de afectación relacionados con el no cumplimiento de la función ambiental también son muy generales, en el proyecto no se establecen especificaciones para regular  los fuertes impactos que genera la agricultura empresarial a gran escala: contaminación de aguas, esterilización de suelos, afectación a la salud humana, perdida de ecosistemas frágiles, desertificación.

 

Sobre esta problemática, el autor antes citado  reporta que en un estudio realizado por la Fundación CIMAS entre los trabajadores florícolas del Cantón Pedro Moncayo, el 15,7% de los hombres y el 9,6% de las mujeres, presentaron intoxicación subclínica.

 

 

También sostiene que 34 pacientes ingresaron al Hospital Enrique Garcés por intoxicación aguda causada por insecticidas organofosforados y carbamatos, de los cuales murieron 6, el 17,5%

 

En cuanto a los daños ambientales, el mismo autor manifiesta: que estos están determinados por los residuos tóxicos de los pesticidas que contaminan el suelo y el agua, así como los residuos de los plásticos utilizados como cubiertas en los invernaderos y los envasases contenedores de los pesticidas. De acuerdo al autor anteriormente citado, en el Cantón se generan 434 toneladas métricas de residuos plásticos.

 

Resulta poco sensata la forma como concibe la afectación social y ambienta la ley, puesto que son los pequeños y medianos productores campesinos quienes practican una agricultura más amigable con el ambiente y la salud humana, pero, al no tener la posibilidad de realizar agricultura a gran escala, sus sistemas de producción presentan menores índices de productividad en comparación a la gran empresa. Bajo esta lógica los campesinos terminaran como los malos de la película y las grandes empresas como ejemplo de productividad y de cumplimiento de la función social y ambiental.

 

Con seguridad la falta de “productividad” de los pequeños agricultores campesinos fue la razón para que los asambleístas de gobierno hayan incluido en el artículo 31 del proyecto a los territorios comunitarios  como parte del Fondo Nacional de Tierras, abriendo la puerta para la intervención del Ministerio de Ambiente Y MAGAP, en los territorios que ancestralmente han pertenecido a los pueblos y nacionalidades.

 

 Mercado y reconcentración de tierras bajo la luz del neoliberalismo.

 

Como se expuso en los párrafos anteriores la ley no pone un límite a la propiedad de la tierra, lo que implica que existe libertad para que las grandes empresas continúen comprando tierras a los pequeños y medianos campesinos con consecuencias negativas para la soberanía alimentaria, puesto que el agro negocio  se especializa en la producción de especies más rentables como la palma africana, caña de azúcar, biodiesel,  en detrimento de los alimentos básicos que resultan menos rentables y que son producidos por los campesinos. Es decir se produce un proceso de reconcentración de la tierra en la gran empresa y con ello el cambio del uso de suelo de la producción de alimentos básicos a la producción de exportación o de materias primas para la industria.

 

La ley prohíbe la compra de tierras por parte de las empresas públicas de otros países, pero contradictoriamente autoriza la compra por parte de las empresas transnacionales. Compañías que son una amenaza real para la soberanía alimentaria, puesto que han desarrollado una estrategia a nivel global para comprar y alquilar tierras en los países con menor desarrollo; para destinarlas para la producción de biocombustibles y alimentos transgénicos.

 

Según la ONG Intermon-Oxfam,  en los últimos años cerca de 227 millones de hectáreas de tierra han sido acaparadas en el mundo. La mitad de ellas están en África, lo que significa que en este continente se ha acaparado una superficie de tierra similar al área de Alemania

 

Tampoco se propone una reglamentación coherente para evitar la fragmentación de los pequeños minifundios, con ello la desintegración de unidades productivas y la migración de los campesinos a la ciudad en busca de fuentes de empleo e ingresos. Se agudiza la problemática relacionada con la formación de los suburbios, tugurios y cinturones de miseria en las grandes ciudades,

 

Sobre esta situación Laforget   reporta que en la parroquia Apaza en Tungurahua, los primero datos del  levantamiento  topográfico  catastral  muestran  que  en  menos  de  1000  has habría 8000 unidades productivas.

 

La compra y venta de las tierras se regulará por las leyes del mercado, sin que exista reglamentación alguna en la Ley que para evitar casos como el de la Península de Santa Elena , Provincia en que las tierras comunales destinadas a la agricultura fueron compradas por empresas  inmobilarias a precios bajos , para luego cotizarse a precios altos debido a la construcción del Proyecto Hidráulico Acueducto Santa Elena.

 

A manera de corolario.

 

 Cualquier salida que se quiera dar al problema de la falta de tierra sin afectar a la gran propiedad, es solo un engaño disfrazado de buenos propósitos, que demuestra el compromiso que tiene el gobierno con los grandes monopolios empresariales que dominan el agro ecuatoriano. La ley de tierras es un ejemplo más que de tras del discurso radical y “revolucionario” las políticas que adopta el gobierno no se diferencian en nada a la de gobiernos burgueses anteriores, en este caso a la Ley de Desarrollo Agrario promulgada en 1994 por el conspicuo representante de la derecha, Sixto Durán Ballén.

 

 

 

 

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Las Casas Oe3-128 (entre América y Antonio de Ulloa)

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